LOS NIÑOS Y LOS CUENTOS
1.- Todo niño, sin distinción de raza, idioma o religión, tiene derecho a escuchar los más hermosos cuentos de la tradición oral de los pueblos, especialmente aquellos que estimulan su imaginación y desarrollan su capacidad crítica. 2.- Todo niño tiene derecho a exigir que sus padres le cuenten cuentos, a cualquier hora del día. Aquellos padres sorprendidos en flagrante incumplimiento de sus obligaciones, además de incurrir en grave delito por omisión de responsabilidades, están autocondenándose asistiendo al niño, a partir de entonces, el derecho a no pedir más cuentos. 3.- Todo niño que por cualquier razón o consecuencia del artículo anterior, no tenga quién le cuente cuentos, puede solicitar este derecho a cualquier adulto de referencia, siempre y cuando éste haya demostrado suficiente grado de amor y ternura como el caso se merece. 4.- Todo niño tiene derecho a escuchar cuentos, sentado en las rodillas de sus abuelos. Aquellos que tengan cuatro, podrán compartirl